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Comunicación
Medios Vecinales reclaman recalcular los pagos de la Publicidad Oficial
» (LBH 12-jul-08)
Denuncian arbitrariedades, deslealtad comercial, violaciones constitucionales, discriminación, “práctica mordaza” y se preguntan: ¿Cuál fue el criterio utilizado por el Gobierno porteño para establecer los pagos de la contraprestación publicitaria a los inscriptos en el Registro de Medios Vecinales de Comunicación de la Ciudad según lo estipulado por la Ordenanza 52360?.

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   Esta pregunta les surge a los legisladores porteños cuando los editores barriales Luis García (La Gaceta de Flores) y Ariel Rosales (Los Barrios Hablan) -Coordinadores del Taller de Medios Vecinales de Comunicación del Centro de Formación Profesional Nº 24 (GCABA)- se acercan a sus despachos a denunciar arbitrariedades y discriminación en su relación con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.


Blanco sobre negro
En primer lugar, plantean que según la Ordenanza 52360/97 establece que se destine “hasta el cuatro por ciento (4%) del presupuesto asignado a la Difusión de la Gestión del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires del Área de Jefe de Gobierno, o de la o las partidas que eventualmente reemplacen a la mencionada, al apoyo publicitario de la actividad periodística vecinal” y el Decreto Reglamentario Nº 796/02 afirma que es: “el cuatro por ciento (4%)”.
Muchas voces especulaban con la forma de calcular ese 4% ya que el presupuesto publicitario porteño durante años se encuentra en una zona gris de los escritorios gubernamentales. Algunos platearon realizar la cuenta sobre el presupuesto asignado a “toda” la publicidad oficial que maneja el área de comunicación de la Ciudad y citaban cifras de la investigación periodística de un reconocido periodista, publicada en las páginas de un matutino. Otros argumentaban con vehemencia que había que calcularlo sobre el gasto a la difusión del área de la jefatura de Gobierno y que como ésa partida, según el área de Legales, era mínima para repartir entre los Medios Vecinales había que sentarse, año tras año, con los funcionarios de turno a negociar aumentos acordes con el apoyo publicitario de la prensa vecinal y la constitucional distribución equitativa de la pauta oficial, desvirtuando así el espíritu de la normativa que debería ser clara y transparente ya que los dineros surgen de las arcas estatales.
Lo cierto es que mientras se cajoneaban sucesivos pedidos de informes legislativos que intentaban dilucidar el claroscuro del ejercicio administrativo de la Ciudad, una reciente solicitud de Información Pública (Ley 104) brindó cierta luz sobre las cifras oficiales.
En la Actuación Registro Nº 621/MGEYA/2008 que da cuenta del Informe Nº 446/DL-DGG/08 de la Dirección Gral. Unidad Informática de Administración Financiera, Informe Nº 09-025/DGOGPP/2008 de la Dirección General de Contaduría e Informe Nº 1163/DC/2008 de la Subsecretaría de Control de Gestión de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Ciudad y bajo las siguientes firmas: Dr. Alberto Meza (Director Gral. de Relación con Organismos de Control, Transparencia y Acceso a la Información), Sr. Hugo Callegari (Director Gral. Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda), Sra. Viviana Beraldi (Dirección de Liquidaciones), Sr. Alfredo Quiroga (Jefe División Control y Liquidaciones) y el Cr. Abelado Harbin (Director Gral. Adjunto de la Dirección de Contaduría) se desprende que la Publicidad Oficial del Poder Ejecutivo porteño estaría mayormente centralizada bajo la Secretaria de Comunicación Social ya que según las partidas presupuestarias para los ejercicios 2007 y 2008 ningún área del Gobierno de la Ciudad, con excepción de aquellas ligadas al legislativo, no tendrían presupuesto asignado a propaganda y publicidad.

La normativa es bien clara, si no existe un presupuesto asignado a la Difusión de la Gestión del Gobierno se tomará el 4% sobre las partidas que eventualmente la reemplacen. A modo de ejemplo, habría que calcular un 4% sobre 57.243.056 de pesos en publicidad y propaganda (Área Jefatura de Gobierno/Secretaria de Comunicación Social – jurisdicción 20) proyectados en 2008, que arrojaría un presupuesto general de $ 2.289.722 y dividido en 73 Medios Vecinales, inscriptos según Resolución Nº 410/SCS/08, dispondrían cada uno de 31.336 pesos en el periodo del corriente año. Por lo tanto la cifra que en promedio tendrían que cobrar los Medios Vecinales en 2008 ascendería a $ 2.600 mensuales. Cabe recordar que actualmente 41 medios gráficos perciben $ 1.300 y 22 digitales más 10 radiales reciben $ 800 por el aviso oficial. Si nos retrotraemos a 2007 la cifra aproximada a reclamar sería de dos mil pesos en promedio para alrededor de 90 medios barriales –la normativa no hace diferenciación dineraria entre los distintos soportes-, en contrario a los $900 que cobraron los de soporte gráficos y los 640 y 600 pesos percibido entre digitales y radiales (en muchos casos aún tienen pendiente cobrar facturas de noviembre y diciembre del año pasado).

Lucha de Clases ¿De qué lado estás? | Por Ariel Rosales
Todo surgió en medio del debate legislativo por la Ley 2587, en la Comisión de Presupuesto, cuando asesores de los autores de la iniciativa gritaron a viva voz que la partida presupuestaria que hace referencia la Ordenanza 52.360 no existía. Y después de analizar las argumentaciones que pregonaban algunos colegas editores de medios vecinales y funcionarios para justificar el apuro por sancionar un proyecto sin consensos que subyugaba al sector de la prensa barrial. Se escuchaba decir que el macrismo arrasaría con los Medios Vecinales y ejecutaría el 4% sobre la legal partida presupuestaria y por lo tanto cobraríamos cifras irrisorias de alrededor de trescientos pesos, que con sólo imaginar la interminable burocratización que conlleva acreditar la pauta oficial nos desalentaríamos en inscribirnos. “Sos funcional a la derecha” que asumiría en diciembre, me decían cuando cuestionaba el proyecto de ley de Vitali/Di Filippo. ¿De qué lado estás? A todas luces se advertía que era excluyente y que pergeñaban la dependencia con Clarín, que nos clasificaban como “sin fines de lucro”, que nos modelizaban o estandarizaban con premios y castigos en un sospechoso concurso a la calidad periodística o nos limitaban la comercialización o nos quitaba la participación (Cuerpo de veedores).
Y por último, se sumó otro elemento a tener en cuenta para sospechar sobre el extraño ábaco que utilizaban para establecer la publicidad oficial de los medios vecinales y fue que desde la oficina de comunicación social adelantaron las cifras de los pagos del Registro 2008, mucho antes que se publicara la resolución con el verdadero número de inscriptos; es más, inclusive antes de la última reunión de los evaluadores con los veedores. Entonces ¿cómo sabía el funcionario, cuando negoció con ciertos colegas, el verdadero 4% correspondiente a 2008 si sólo tenía la cifra del presupuesto proyectado y no sabía aun por cuántos medios vecinales tenía que dividir esa cifra?. Muchos interrogantes ¿De qué lado estás?.
Esperemos que esta denuncia e investigación sirva para clarificar ya que es la primera vez que se plantea este tema con cifras ciertas sobre el presupuesto publicitario del Gobierno porteño. Lamentablemente algunos colegas miembros del
Consejo de Administración de la Cooperativa E.B.C, arrogándose una representación inconsulta del sector, han venido negociando con el funcionario de turno pautas publicitarias bajas. Esta metodología de acordar mínimos pagos de la publicidad oficial (No es exclusiva de la Cooperativa EBC sino que es apoyada silenciosa y activamente por otros medios vecinales) responde: por un lado, a estrategias para desmotivar a los editores vecinales en la inscripción al registro y así repartir una torta publicitaria gubernamental en bocados más grandes pero en menos medios vecinales. Hoy se distribuye casi un millón de pesos en la prensa local. Y por otro lado, además de acordar la pauta publicitaria baja, se suma la complicidad de topes presupuestarios, retraso en los pagos, dependencia al parámetro de la página 7 de Clarín, concursos con premios y castigos, arbitrariedades en instructivos administrativos, condicionamientos en los contenidos editoriales, limitaciones en la comercialización, sometimiento a la constante burocratización de la facturación (Registro de proveedores, certificaciones de AFIP, partes de recepción, etc.) e impulsar discriminatorios sistemas de puntajes representa una inseguridad jurídica y una desvalorización de la actividad periodística vecinal que vulnera el acceso de los Medios Vecinales a una equitativa distribución de la Publicidad Oficial. Esto va en desmedro de aquellos colegas que con una acotada estructura comercial y periodística encuentran en el apoyo publicitario estatal oxigeno económico que les posibilita la continuidad comunicacional. ¿De qué lado estás? 
Otros muchos colegas, al no poder entrar al registro de Medios Vecinales por las razones ya expuestas y privarlos así de ingresos por Publicidad Oficial o acceder a los devaluados y atrasados pagos ya descriptos o no poder tomar créditos blandos o subsidios tienen mermada su capacidad de crecimiento, esto traducido al campo de los emprendimientos periodísticos significa no poder acceder a: imprimir más paginas o en color, mejor calidad de impresión, mejor diseño, más producción, mejor fotografía, ampliar la tirada, mayor infraestructura tecnológica (Computadoras multimedia, cámaras y micrófonos digitales, banda ancha, etc), equipos de comercialización, tributación, colaboradores rentados (Según CCT), marketing, capacitación, mejor horario de transmisión, entre otras variables. ¿De qué lado estás? 
Esta metodología que pregonan algunos colegas, como devaluar la Ordenanza 52360 e impulsar una aún más excluyente como la Ley 2587, hace campo orégano publicitario de aquellas zonas que son liberadas por los Medios Vecinales que bajan la cortina y discontinúan sus publicaciones, sitios web o programas radiales -Casos testigos: zonas “apetecibles” como Palermo (El Angelito de Palermo) o el barrio de Recoleta (El Fantasma de Recoleta)- y como buitres se lanzan a colonizar nuevos mercados de comercios minoristas, PyMES, y servicios. ¿De qué lado estás? 
En un sector atravesado por el individualismo y la fragmentación, se escuchan frases como “En mi zona no quiero más Medios Vecinales” o “Cuidado que los punteros partidarios no se aviven y quieran fundar publicaciones y vivir de la teta del Estado”, no vaya a ser que le disputen alguna publicidad o alguna cuota parte del pequeño poder barrial. Otros, con la lógica del mercado dicen “A los que ofrecemos más: páginas, color, diseño, tirada, antigüedad, visitas o rating nos tiene que pagar más” como si la calidad periodística pasara sólo por el producto o la trayectoria o la cantidad de lectores u oyentes y en contradicción les plantean la guerra a las guías comerciales locales. Claras fundamentaciones para encorsetar normativas e imbuir de un espíritu excluyente al derecho constitucional de acceder a principio republicano de difundir los actos de gobierno y fomentar la desprotección de la libertad de expresión y el derecho de información y comunicación. ¿De qué lado estás? 
Llegó la hora de pensar un verdadero desarrollo comunicacional de la Prensa Vecinal que propugne por abrir la participación ciudadana y la integración comunitaria.

Otro dato, si hoy se aplicara la Ley N° 2.587, de Regulación de la contraprestación publicitaria de los Medios Vecinales de Comunicación Social, habría que calcular que según el tarifario vigente desde el 15/5/08, la página 7 del Diario Clarín (Lunes a viernes/aviso blanco y negro) tiene un valor de $ 152.960, es decir que a los medios vecinales les correspondería mucho menos: $1529 (1% medios gráficos), $ 1146 (75% medios radiales) y $764 (50% medios digitales).
La Legislatura porteña ha comenzado una investigación de modo que los técnicos puedan desgranar sobre que partida habría que determinar el 4% de Pauta Publicitaria que les corresponde legalmente a los Medios Vecinales de la Ciudad y evaluar un resarcimiento económico, ya que otro interrogante que se desprende es que si realmente hay una partida presupuestaria designada a difundir la gestión de gobierno, en alguna pantalla plana de los despachos gubernamentales del primer piso de Avenida de Mayo 525: ¿por qué no la blanquearon los funcionarios públicos?. Si realmente es menos el pago que por Ordenanza les corresponde cobrar a los Medios Vecinales: ¿en dónde están los documentos administrativos? que avalan un adicional por sobre los valores que se calculaba el cuatro por ciento en los años que lleva de aplicación el Registro de Medios Vecinales de Comunicación. Esto despejaría cualquier indicio de corruptela, mal desempeño de la función pública, desidia, complicidades o confirme una verdadera voluntad de “apoyo publicitario de la actividad periodística vecinal” y poner así blanco sobre negro las finanzas oficiales que por cierto no son la libreta del almacenero.


Un monstruo grande y pisa fuerte
Por otro lado, los Medios Vecinales La Gaceta de Flores y Los Barrios Hablan denunciaron las violaciones constitucionales, discriminatorias y arbitrarias de la Ley 2587/07, que otorga Publicidad Oficial a los Medios Vecinales, sancionada por la Legislatura de la Ciudad en la sesión del 6 de diciembre de 2007 - vetada parcialmente en su art. 2º por el Decreto N° 45/08, publicado en el B.O. N° 2852, de fecha 17/1/08, aceptada por Resolución 13/LCABA/08 - y finalmente publicada en Boletín Oficial Nº 2897 del 27 de marzo de 2008, complementada por la Ley 2642 ( BOCBA N° 2924 ) que incorpora el art. 2 que define a los medios vecinales. Que actualmente se encuentra en proceso de reglamentación.

Al establecer como parámetro “al valor más bajo del espacio publicitario de toda la página siete (7) del diario pago de mayor tiraje en la Ciudad” se somete al Gobierno porteño y se condiciona la contraprestación publicitaria con los Medios Vecinales a las decisiones políticas/comerciales del Diario Clarín (Según IVC). A partir de esta normativa: el que fija el precio de la Pauta oficial del Gobierno es el departamento comercial y publicitario del matutino Clarín. El Poder Ejecutivo y los Medios Vecinales quedan rehenes de sus políticas comerciales y comunicacionales contradiciendo la actual Ley N° 2.095/06 (BOCBA N° 2557 del 02/11/2006) de Compras y Contrataciones.
Al tener potestad de establecer las condiciones de contratación, si quisieran acallar o subyugar comunicacionalmente a los Medios Vecinales o realizar “operaciones de prensa” en contra del actual Gobierno de la Ciudad sólo tendrían que “planchar” la pauta de la Pag. 7 de Clarín (dumping), hacer promociones irrisorias o duplicar, tal vez quintuplicar el valor de la Pauta Oficial y así beneficiar a ciertos editores barriales. Estableciendo verdaderas “prácticas mordaza”, como la de abusar de la posición dominante en un mercado para inhibir la competencia.
Los Medios Vecinales, el Gobierno de la Ciudad, el erario público y los habitantes de la Ciudad de Buenos Aires quedan cautivos por el principal “multimedia” del país y de Latinoamérica vulnerando derechos, garantías y principios consagrados en la Constitución de la Ciudad y en la Constitución Nacional ya que se deja librado a prácticas de distorsión de la competencia y abuso de posición dominante del mercado en contrasentido de la Ley Nacional Nº 25156 –Defensa de la Competencia- y el art. 42 de la Constitución Nacional y su correlato en los artículos 46 y 48 de la Constitución de la Ciudad. 
Reviste de gravedad institucional, ya que atenta principalmente contra el sistema republicano de gobierno – art. 1° de Constitución Nacional-, por privación a los lectores y oyentes de los Medios Vecinales de conocer, sin arbitrariedades y sin exclusiones ni discriminación en la asignación de la Pauta Oficial de: los actos y políticas del Gobierno emanadas de la autoridad ejecutivas de Estado definido en los arts. 1 y 105 de la Constitución porteña y en la Ley nº 104/98 de la Ciudad –Derecho de Información Pública-. 
Por otro lado, la normativa establece un Premio Anual "Estímulo a la calidad en la Producción Editorial" a los inscriptos en el Registro de Medios Vecinales de Comunicación Social distribuyendo una suma de la tarifa presupuestaria que reciben por “apoyo publicitario”, con un jurado compuesto por legisladores y representante de los medios masivos evaluando el contenido editorial, el diseño, la producción, el compromiso social con la zona de influencia y la defensa de los valores democráticos. La misma condiciona con “premios o castigos” a los Medios Vecinales en su tarea periodística, se entromete en la línea editorial en forma “sutil e indirecta”, generando suspicacias cuando el “premio” está ligado a la “Publicidad oficial” ya que los “evaluadores” están vinculados directamente con los ingresos de los Medios Vecinales. Que objetividad podrán tener, tanto legisladores o representantes de los medios masivos (léase Clarín), en otorgarle un plus de la Publicidad Oficial si ellos se encuentran incluidos en los contenidos periodísticos o comparten la torta publicitaria de los Medios Vecinales. ¿O acaso se pretende que los Medios Vecinales hablen bien, le hagan prensa a los legisladores o se encarrilen en la línea editorial de los medios masivos, ambos integrantes del jurado?. Este artículo de la Ley 2587/07 apunta a una clara “estandarización” de los Medios Vecinales.


Opinión sobre acontecimientos que merecen ser analizados | Por Luis E. García
De la información que antecede se pueden sacar conclusiones de una riqueza inestimable.
En primer lugar, no aceptar y dar por cierto cualquier información que provenga de funcionario público, si ella no está fundada en la normativa vigente o se da por escrito con sello y firma.
De lo contrario puede ocurrir, que el funcionario en sus dichos no se ajuste a la verdad, como ha ocurrido en el caso mencionado. Y lo que es peor que sus interlocutores no se hayan tomado la molestia – que por otro lado es ley para un periodista – verificar la autenticidad de lo expresado por la fuente. Si esto es grave adquiere una dimensión considerable al tratarse de editores de medios vecinales con responsabilidad dirigente, como son el Consejo de Administración de la Cooperativa EBC, que no solo creyeron el mensaje del funcionario, sino que se convirtieron conciente o inconscientemente en voceros del engaño. Engaño que sirvió para instalar el miedo y sobre la base de ese miedo que actuó como un bumerang, los catapultó a los brazos de Elvio Vitali primero – vinculado a los negocios de Clarín-, mientras coqueteaban con Herrera Bravo y Di Filippo. De ese trío surgió ese engendro que es la Ley 2587 que somete, condiciona y subordina a los medios vecinales al igual que al poder ejecutivo de la ciudad, a los caprichos, intereses y conveniencias del grupo Clarín, como ya se ha expresado precedentemente.
He guardado silencio, esperando un gesto de los colegas de la Cooperativa que enmendara, insuficiencias o desconocimiento, aunque esto último es materia opinable, toda vez que los he invitado a acompañar la queja sobre el Instructivo que dejó tantos colegas afuera del registro y el pedido de veto a la ley que comento por estar viciada de nulidad constitucional, recibiendo como única respuesta el silencio absoluto.
Sin embargo cuando el ejecutivo porteño aprobó la ley, salieron a declarar, acompañados por bombos y platillos que ellos eran los inspiradores del objeto legal que podrá hundirnos para siempre.
La Ordenanza 52360 y su decreto reglamentario 796/02, no discriminan a los distintos soportes, legalmente son todos iguales y tendrían que haber percibido los mismos valores en la pauta publicitaria, sin embargo todos los integrantes del registro hemos aceptado se desvaloricen a unos y a otros no.
Ambas situaciones, la fijación de los valores de la pauta publicitaria por debajo de lo que manda la ordenanza y su decreto reglamentario y la desigualdad manifiesta al valorar a los distintos soportes, ubica esta situación en el terreno de lo ilícito que habrá que investigar.
¿Nunca resultó llamativo que las distintas gestiones fueran tan generosas a la hora de fijar valores a la pauta?, sin ir más lejos, cuando todavía oficialmente no se conocía la cantidad de medios que integrarían el registro, la secretaria de prensa y difusión informo que a partir de la edición de abril/08 el valor de la pauta seria de $ 1,300 para gráficos, y $800, para programas radiales y páginas web, esta generosidad contrasta con los $300 que algunos directivos de la Cooperativa, informaban que si aplicaran el 4% de la ordenanza, eso sería lo que nos correspondiera. Cuando lo cierto es que lo que tendrían que pagar es algo más de $ 2000.
Cifra que se acerca a lo expresado por Eduardo Scirica, cuando tomando expresiones no documentadas por Verbitsky en una nota publicada por Página/12, llegaba a la conclusión que ese debía ser el valor de los avisos para los medios vecinales.
Los legisladores de la ciudad tendrán que pedir informes al ejecutivo sobre estas anomalías y los medios vecinales todos tendremos que acompañar este pedido si queremos recuperar el tiempo perdido.
De acuerdo a la ordenanza y su decreto reglamentario el valor de la pauta rondaría los $ 2600. ¿Cómo se podrá compatibilizar, cuando la ordenanza sea reemplazada por la Ley 2587, el valor de la pauta? ¿Habrá de rebajarse de $ 2600 a $ 1400 o tendremos que pedirle a Clarín que aumente el valor de la página 7?.
 

Amordazan la Prensa Vecinal 
Por último, los Editores Barriales Luis García y Ariel Rosales hacen público las irregularidades administrativas emanadas del Instructivo 2008 para la Inscripción al Registro de Medios Vecinales de Comunicación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires según la Ordenanza Nº 52360/GCBA/97 y Decreto Nº 796/GCBA/02. 
Consideran que el acto administrativo excede “arbitraria y discriminatoriamente” los requisitos a cumplir por los Medios Vecinales para ingresar al mencionado Registro y acceder al derecho de Publicidad Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires según la normativa vigente.
Plantean que "El mismo es restrictivo y viciado de nulidad ya que viola los derechos y garantías constitucionales y vulnera la libertad de expresión, el derecho a la información pública, la igualdad ante la ley, el principio de jerarquía normativa y las conquistas laborales consagradas en la Constitución nacional, de la Ciudad, los tratados internacionales y el Estatuto del Periodista Profesional (Ley 12.908), el Código Fiscal de la Ciudad, las Leyes Nacionales Nº 11.723 y Nº 23.592, la Ordenanza Nº 52360/GCBA/97 y su Decreto Nº 796/GCBA/02".
Los Medios Vecinales padecen en su relación con el Gobierno de la Ciudad las reiteras violaciones constitucionales advertidas en la Resolución Nº 3975/06 de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad y reconocidas por la anterior gestión de la Secretaria de Prensa y Difusión (Actual Secretaria de Comunicación Social), Sr. Oscar Feito al responder a la Defensoría del Pueblo expresando: “Respecto de la rectificación del instructivo de inscripción en el Registro de Medios Vecinales se tendrá en cuenta para las próximas inscripciones, dado que las del año 2007 han finalizado con fecha 30 de noviembre de 2006”. (C.R. Nº 23684-MGEYA-2006 del 10/01/07).
Entre otros puntos, se agregaron presentaciones impositivas de libre deuda de AFIP, Ingresos Brutos (los medios de comunicación están exentos según el Capítulo II, Artículo 139º, inciso 2 y 25 del Código Fiscal de la Ciudad "Decreto Nº 109 – Separata Boletín Oficial Nº 2626 – 14/02/2007") o contribuciones por Seguridad Social que difieren con las condiciones de inscripción establecidas en la normativa vigente. 

Pero más grave aún es que a los medios vecinales en soporte gráfico se les exige para su inscripción que “la reproducción de notas y/o informaciones en su parcialidad o totalidad proveniente de otros medios, no pueden ser publicadas sin la debida autorización del mismo, constando dicho permiso al pie de la nota respectiva” o para los medios en soporte digital que no deben “haber hecho uso de contenido de terceros sin autorización”. Para los medios radiales la presentación de un “Libre deuda del COMFER sobre el gravamen por Ley de Radiodifusión”.
Dichos textos son violatorios del principio de jerarquía normativa consagrado en el art. 31 de la Constitución nacional, es por ello que ningún Instructivo administrativo puede vulnerar lo establecido en una Ordenanza o su Decreto reglamentario y mucho menos en una legislación nacional. El artículo 99 inciso 3 de la Carta Magna es claro cuando establece que “El poder ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo.” 
Sobre este punto la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, en la Resolución Nº 3975/06 entiende que “toda pretendida modificación a la ordenanza de marras, que no se origine en ley, resulta nula de nulidad absoluta y por ello inoponible frente a quienes la administración pretende hacer valer”. Además resulta contrapuesto del Art. 28 de la Ley Nacional Nº 11.723 de propiedad intelectual que dice taxativamente que “Las noticias de interés general podrán ser utilizadas, transmitidas o retransmitidas; pero cuando se publiquen en su versión original será necesario expresar la fuente de ellas “.
Por otro lado es inconstitucional ya que vulnera el “Secreto Profesional del Periodista”. La Constitución Nacional se refiere a esta institución en el Art. 43, tercer párrafo, al expresar: “No podrá afectarse el secreto de las fuentes de información periodística”. El secreto profesional del periodista es una garantía para los lectores, oyentes o televidentes ya que resguarda la labor de investigación periodística al servicio del derecho a informar y del derecho de las personas a estar informadas. La Constitución de la Ciudad plantea que garantiza la libertad de prensa, el respeto a la ética y el secreto profesional de los periodistas en su artículo 47º.

 

 

 

 

 

 

 

 

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